Acciones Posesorias

(Indicación) Paralización provisional de obras por acciones posesorias interpuestas por concesionarios mineros

Indicación propuesta por Diputado Matheson (10 julio 2023): En caso que el concesionario minero interponga una acción posesoria conforme al artículo 94 del Código de Minería, juez podrá decretar provisionalmente la suspensión o paralización de las obras que se llevan a cabo en el predio superficial superpuesto a la concesión minera, siempre que dicho concesionario, además de acreditar la titularidad de un derecho real sobre dicho predio, presente antecedentes que justifiquen el peligro grave e inminente que entrañare el no otorgamiento de la misma. El titular de las obras podrá hacer cesar sus efectos si consigna caución suficiente en la cuenta corriente del tribunal.